Cerca de 400 chilenos y venezolanos reclaman al Estado asumir impagos de pensiones de gobierno de Maduro
Desde 2016 Venezuela dejó de enviar los dineros para quienes que se habían pensionado en ese país y luego se radicaron en Chile. Piden al gobierno chileno un salario mínimo mensual como jubilación mientras se restablece el diálogo entre ambos países.
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Un grupo cercano a las 400 personas vive un complejo momento económico en nuestro país. Se trata de, en su mayoría, chilenos y en menor porción, venezolanos, quienes se pensionaron en el sistema previsional del país caribeño y posteriormente se radicaron en Chile.
El problema surgió en 2016, cuando el gobierno bolivariano que dirige Nicolás Maduro dejó de pagar -sin motivo oficial- las pensiones a estas personas. Desde esa fecha no reciben recursos para enfrentar la vejez.
Ante esta situación, la Asociación Gremial de Pensionados de la República Bolivariana de Venezuela en Chile (Pensivech) inició una serie de gestiones para reanudar el pago de las pensiones. Primero, acudieron a la Cancillería y luego se reunieron con parlamentarios; sin embargo, las gestiones no llegaron a buen puerto y a inicios de febrero de 2020 presentaron un recurso de protección en contra del Estado de Chile.
¿El motivo? El escrito presentado por el abogado Julio Azara señala que el Estado de Chile firmó un convenio de seguridad social con Venezuela en 2001 que establecía, entre varios aspectos, el envío de remesas de pensiones a una cuenta de BancoEstado, que a su vez realizaba la conversión de divisas y las depositaba en las cuentas de ahorro de las personas afectadas.
Al cortarse abruptamente el envío de dineros desde Venezuela, según Azara, le corresponde al Estado chileno ejecutar el convenio y exigir la “libre movilidad” de las pensiones entre ambos países.
Mientras ello no ocurra, solicitó que el “Estado chileno tome todos los resguardos necesarios para garantizar el restablecimiento de la situación jurídica infringida, ordenando el pago de una pensión provisoria y sustitutiva, mensual y consecutiva, consistente en un salario mínimo mensual a cada uno de los beneficiarios del convenio”.
Además, solicitaron al Presidente Piñera todas las diligencias necesarias para el restablecimiento del flujo de pensiones entre Venezuela y Chile.
Azara indica a DF que es difícil cuantificar los montos que estarían involucrados “debido a las devaluaciones que ha tenido la moneda venezolana en los últimos años”.
La respuesta de la Cancillería
El 21 de febrero llegó a la Corte de Apelaciones la respuesta de la Cancillería a través del subsecretario (s), Roberto Ruiz, quien a través de un oficio rechazó la solicitud de la agrupación chileno-venezolana.
El funcionario, si bien reconoció la existencia del convenio de seguridad social, aseguró que las partes no firmaron un documento administrativo que permitiría “operativizar” este acuerdo.
Argumentó que la Cancillería ha hecho gestiones para reanudar el pago de estas pensiones, entre ellas: otorgamiento de poderes a funcionarios consulares chilenos para efectuar trámites, presentación de antecedentes ante la autoridad previsional venezolana y otras gestiones para velar por los intereses de los chilenos en dicho país.
Afirmó que, dado que los reclamantes cotizaron en el sistema previsional venezolano, corresponde a ese Estado y no al chileno asumir la responsabilidad de los pagos.
“En consideración al estándar fijado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la exigibilidad de la pensión resulta imputable al Estado en que haya nacido el derecho a pensión y que, conforme a su ordenamiento interno, deba otorgar ese tipo de prestación previsional, no correspondiendo, ni aún subsidiariamente, a otro Estado el pago de ese derecho, por cuanto la obligación internacional radica, en el caso concreto, para Chile, en torno a la sola facilitación del reconocimiento de aportes realizados a la seguridad social o derechos de pensión de los migrantes”, dice Ruiz en el escrito.
Rol de BancoEstado
Uno de los actores que se mencionan en la acción judicial es BancoEstado, como pagador de las pensiones a este grupo de personas. Según el documento firmado por Azara, “si los pagos se hacían regularmente y eran pagados en Chile a través de una institución del Estado chileno, en forma exclusiva (BancoEstado), decir que el convenio no está operativo y que legalmente no es exigible es un mero eufemismo”.
Sin embargo, la Cancillería respondió que el rol de BancoEstado no implica que el gobierno de Chile tenga alguna obligación pecunaria con los afectados, ya que es “una relación financiera entre esa entidad y sus clientes”.
La Superintendencia de Pensiones también juega un rol en este tema ya que la Corte de Apelaciones le pidió un informe sobre la materia. El regulador respondió el 21 de febrero solicitando la ampliación de cinco días hábiles para responder lo requerido.